Con la Reforma Laboral se ha creado un nuevo contrato de apoyo a emprendedores, para PYMES y autónomos con plantillas inferiores cincuenta trabajadores, que se encuadra dentro de las medidas de “Fomento a la Contratación Indefinida”.
Entre las características de este contrato destaca, además de que es indefinido, que tiene un periodo de prueba superior a la media (un año) y que además solamente es posible celebrarlo a jornada completa.
Los beneficios para las empresas que a partir de la entrada en vigor de la Reforma Laboral utilicen este tipo de contrato son de DOS TIPOS: de un lado Deducciones Fiscales y de otro, Bonificaciones en Seguridad Social. Respecto a las deducciones fiscales a aplicar destaca una deducción de 3.000 euros siempre que el primer trabajador contratado con esta modalidad sea un un joven entre 16 y 30 años de edad. Además otras deducciones fiscales para los casos en que se contrate a desempleados que se encuentren percibiendo la prestación más de seis meses. El importe de la deducción en este caso será el 50% de la prestación que el trabajador tuviera pendiente de percibir hasta un máximo de 12 mensualidades. Para justificar el importe de la deducción se exige aportar un certificado del Servicio Estatal Público de Empleo (antes INEM). Además de lo anterior, la empresa tendrá derecho a bonificaciones en Seguridad Social, si los trabajadores contratados pertenecen a los siguientes colectivos: jóvenes de 16 a 30 años o mayores de 45 años que consten inscritos en el Servef como demandantes de empleo más de doce meses en el periodo de los últimos dieciocho meses.