Concesión de ayudas a las empresas que contraten a ciudadanos de Torrent

Concesión de ayudas a las empresas que contraten a ciudadanos de Torrent

Desde la Asesoría Nemesio queremos informarle que el BOP de la provincia de Valencia de 4-10-2013 ha publicado un anuncio del Ayuntamiento de Torrent por el que se publican las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas a las empresas que contraten a ciudadanos de Torrent, en situación de desempleo inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en los Centros SERVEF de Empleo de la Generalitat desde, al menos, el 1 de Marzo de 2013, para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en la provincia de Valencia, dentro de un Programa Marco de la Generalitat Valenciana, La Diputación de Valencia y el Ayuntamiento de Torrent.

La subvención consistirá en una ayuda económica de un total de 1.125 €, librándose de una sola vez, una vez justificadas las condiciones establecidas por la empresa solicitante de la subvención y a la que ésta le haya sido concedida por parte del Ayuntamiento de Torrent.

Los contratos de trabajo habrán de formalizarse al menos con una duración de 3 meses, y habrán de ser suscritos a partir del 05-10-2013 y no más tarde del 30-12-2013, fecha de inicio y de terminación del plazo para presentar solicitudes.

Las subvenciones se distribuirán entre las entidades solicitantes que reúnan los requisitos exigidos por las BASES de la convocatoria efectuada, dando preferencia, caso de haber más solicitantes que ayudas, en el orden que a continuación se indica, a los siguientes criterios:

1º Número de Centros de trabajo de la Empresa solicitante en el término municipal de Torrent.

2º Mayor número de desempleados, vecinos de Torrent, a contratar por la empresa solicitante.

3º Mayor duración temporal del contrato.

4º Mayor duración de la jornada de trabajo (mínimo 25 horas/semanales).

5º Fecha de entrada de la solicitud en el Ayuntamiento de Torrent.

Las empresas solicitantes, entre otros requisitos, han de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, no han de haber efectuado extinciones de contrato con sus trabajadores en 2013 ni en virtud de despido colectivo, ni por causas disciplinarias u objetivas declaradas improcedentes; tampoco pueden estar en situación de concurso, ni tratarse de Sociedades en crisis; tampoco pueden haber recibido otras ayudas para la misma acción subvencionable (con la salvedad de la bonificación de cuotas a la Seguridad Social).

Desde la Asesoría Nemesio esperamos que esta información sea de su interés. Y ante cualquier duda, nuestro equipo de profesionales le dará una respuesta concreta. Le recordamos que nuestro teléfono de contacto es el 96 155 17 82 y que nos encontramos en la Avda. Al Vedat 11, pta. 1ª, en Torrent.