Subvención a la contratación indefinida para jóvenes cualificados menores de 30 años

Subvención a la contratación indefinida para jóvenes cualificados menores de 30 años

Desde ayer 8 de abril y hasta el próximo 2 de junio se podrán presentar solicitudes de subvención a las nuevas contrataciones indefinidas jornada completa de trabajadores desempleados, inscritos en Labora, menores de 30 años, inscritos en Sistema de Garantía Juvenil que cuenten con una cualificación profesional oficial vinculada al puesto de trabajo del contrato.

Es necesario por tanto que exista una vinculación o correspondencia entre el título ostentado por el joven trabajador y el puesto de trabajo, siendo la cualificación profesional una de las siguientes:
a) Licenciatura o diplomatura universitaria, ingeniería superior o técnica, Arquitectura o Arquitectura técnica.
b) Grado universitario.
c) Estudios de postgrado universitario.
d) Doctorado.
e) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada, de la formación profesional específica. Se excluye la Formación Profesional Básica.
f) Certificado de profesionalidad.

Muy importante: Se excluyen los empleados fijos-discontínuos que estén en periodos de inactividad.

La subvención como regla general es 10.000 euros por cada expediente/solicitud/contratación. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con discapacidad, el importe de la subvención será de 12.500 euros. Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer, el importe de la subvención será de 22.000 euros. Si concurre la de persona con discapacidad severa, el importe de la subvención será de 30.000 euros.

En este caso la contratación debe suponer un aumento de la plantilla media de los últimos treinta días y mantenerse durante dos años, tanto la contratación como el nivel de empleo aumentado tras la contratación.

En este caso el plazo inicial comienza el 8 abril y finaliza el 2 de junio, siendo aplicable para nuevas contrataciones de personas que no hayan estado indefinidas en los 3 meses anteriores ni fijos discontínuos, tampoco en periodos de inactividad.

Si necesita más información, contacte con nuestro abogado responsable de coordinar la tramitación de estas subvenciones, Benito Nemesio Tordera (bnemesio@nemesio.legal).

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