26 Feb Recordatorio: Planes de Igualdad en las empresas
No cumplir las obligaciones que en materia de Planes de Igualdad o medidas de esta índole fijadas por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOI), el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación -recordemos que con independencia del número de plantilla de una empresa el convenio puede establecer la Obligación del un P.I- constituirá una sanción:
GRAVE: No cumplir las obligaciones que en materia de planes y medidas de igualdad establecen la LOI, el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo que sea de aplicación. Multa: De 626 a 6.250 euros. Ley Orgánica de Libertad Sindical: art. 7.13 LISOS
MUY GRAVE: No elaborar o no aplicar el plan de igualdad, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos, cuando la obligación de realizar dicho plan responda a lo establecido en el apartado 2 del artículo 46 bis LISOS relativo a sanciones accesorias. Multa: De 6.251 a 187.515 euros. Ley Orgánica de Libertad Sindical: art. 8.17 LISOS
Inspección de Trabajo y control a las empresa
La Instrucción 3/2011, sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la vigilancia en las empresas de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, establece actuaciones sobre empresas con indicios de irregularidades, o con obligaciones normativas de adoptar medidas o planes de igualdad. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social controlará las políticas de igualdad de un número mucho mayor de empresas, para lo que se idearán programas de inspecciones centradas en:
- Planes de Igualdad y otras obligaciones de la Ley de Igualdad.
- Discriminación en la relación laboral.
- Discriminación Salarial.
- Prevención de riesgos laborales con un enfoque de género.
- Detección de irregularidades de contratación en los sectores de mayor ocupación femenina.
- Acoso sexual y por razón de sexo.
- Discriminación en la negociación colectiva.
- Discriminación en el acceso al empleo.
- Derechos sobre conciliación de la vida familiar y laboral.
Ante cualquier duda al respecto, estamos a su disposición para cualquier aclaración o información adicional que necesiten.