Reclamamos y recuperamos los ahorros invertidos en CDAS de Triodos Bank

RECLAMAMOS Y RECUPERAMOS LOS AHORROS INVERTIDOS EN CDAS DE TRIODOS BANK

Reclamamos y recuperamos los ahorros invertidos en CDAS de Triodos Bank

Tras la avalancha  de  reclamaciones  relacionadas  con  las  participaciones preferentes  y  las  obligaciones  subordinadas de  BANKIA,    con las cuotas  participativas  de la  CAM,   o con los  derivados  financieros  más  conocidos como  SWAPS, pensábamos que   se  había   terminado  con las  malas  prácticas  bancarias, pero no   ha sido  así,  existen muchas  personas  con sus  ahorros  atrapados  por la  comercialización  de los  denominados  Certificados de Depósitos para Acciones de Triodos Bank (CDA Triodos) CDA de TRIODOS  BANK. 

Ya  hay  al menos tres sentencias  estimatorias  dictadas  en la materia,  la última de ellas de  un  Juzgado de  Barcelona (https://www.eldiario.es/catalunya/nueva-condena-triodos-bloqueo-dinero-inversores_1_9729281.html), que aplican  la constante  y  reiterada  jurisprudencia del  Tribunal  Supremo  en relación con  el incumplimiento de las  obligaciones de información del  Banco,  y   con el error  en la  prestación del consentimiento  por parte del  cliente. 

La   inmensa  mayoría de quienes  invirtieron  sus ahorros   en   ese  producto sin vencimiento, se vieron atraídos  porque  TRIODOS BANK opera con el sello de Banca Ética, y ofrece  sus  servicios  con reclamos como el que     actualmente  aparece  en su  web (https://www.triodos.es/es/) “ Cada vez más clientes optan por un banco diferente, personas que saben que es posible transformar el mundo desde las finanzas. Por eso, con el dinero de nuestros ahorradores e inversores solo financiamos proyectos sociales, medioambientales y culturales. Porque otra manera de hacer banca es posible”.

Como  resulta  de  una  de  las  sentencias dictadas, los CDA son “ un nuevo producto financiero, de riesgocomplejo, emitidos en interés de la entidad”, razón por la cual “la normativa reguladora de la conducta de quien ofrece este tipo de instrumentos financieros impone unos concretos y rigurosos deberes de información y de clasificación del cliente, seguidos de una valoración de conveniencia e idoneidad”, y  “dicha rigurosa obligación de información y comprobación de adecuación del producto al cliente no se cumple si sólo se informa de la rentabilidad prevista en la emisión, pero no se informa adecuadamente de la posibilidad de perder la inversión”.

Se tiene  el convencimiento de que  se  infringió  el deber de información  en   la práctica totalidad de las personas  afectadas por la comercialización de CDA de Triodos que hemos tenido ocasión de analizar,   impidiendo que las personas que adquirieron este producto pudieran formarse una idea cabal y precisa de los riesgos que asumía, especialmente el de pérdida de valor de la inversión. Así lo aprecia en  una  de las  sentencias  dictadas  cuando se afirma que “solo se informaba al cliente que su venta dependía de las demandas que existiesen en el mercado, y que, a todas luces, tardaría como mucho una semana en poder vender el producto y recuperar el capital invertido. Ni mucho menos, se cumple con ese deber de información cuando no se informa al cliente que circunstancias concretas del mercado interno, podría producir una reducción del precio del valor de la acción”.

Se trata de una vía jurídica de reclamación realmente efectiva, para que todos los afectados puedan recuperar sus ahorros, pero es URGENTE reclamar cuanto antes, pues  hay plazo para ello.

En Nemesio Abogados y Asesores, disponemos de la documentación necesaria para formular la correspondiente reclamación, venimos ganando demandas sobre esta  materia desde hace mucho  tiempo, y contamos con expertos profesionales especializados en ello.

Si necesita más información puede llamar al 96 158 80 95 y preguntar por nuestro compañero Víctor Puig, o enviar un mail a victorpuig@icav.es, o a comunicacion@nemesio.legal

 

Tags:
,