Planes de igualdad y registro de brecha salarial

Planes de igualdad y transparencia salarial

Planes de igualdad y registro de brecha salarial

El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes 13 de octubre dos Reglamentos, en forma de Reales Decretos, para trabajar hacia la igualdad salarial y por el que obligarán a las empresas a registrar sus planes de igualdad. Con ello se cumple con el desarrollo reglamentario del Real Decreto aprobado el 1 de marzo sobre medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

El primer texto regula la transparencia salarial y asegura el derecho a la información retributiva, de forma que empuja a las empresas a garantizar igual retribución por trabajo de igual valor en los términos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Esta norma pretende acabar con la brecha salarial entre sexos que, según las cifras actuales, en España se sitúa en el 21,4%. Este decreto de igualdad retributiva entre mujeres y hombres entraría en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE (abril 2021).

La segunda norma, tiene que ver con los planes de igualdad y su elaboración por parte de las empresas que tendrán que adaptar su registro salarial y hacer una auditoría retributiva. Las medidas relativas al plan de igualdad entrarán en vigor a los tres meses de la publicación del Real Decreto en el BOE, es decir a mediados de enero próximo.

Una vez que esta norma entre en vigor, todas las empresas o grupos de empresas con plantillas de cincuenta o más empleados, tendrán que contar con un Plan de Igualdad, registrado ante la Autoridad Laboral y que estará vigente según pacten las partes negociadoras y con un máximo de cuatro años.

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