Novedades contrato a tiempo parcial

Novedades contrato a tiempo parcial

La reciente modificación del Estatuto de los Trabajadores, producida por R.D. Ley 16/2013 de 20 de diciembre, supone un cambio muy importante en el tratamiento de los trabajadores contratados a tiempo parcial que debe ser aplicada por empresas y empresarios con carácter inmediato y urgente, en evitación de posibles sanciones o inspecciones.

La nueva redacción del artículo 12.5.h) del Estatuto de los Trabajadores, establece:

«La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.

El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.

En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.»

Esta novedad exige un trabajo extra para empresas y empresarios en lo que a control del horario de este tipo de trabajadores se refiere, además de la necesidad de que estos trabajadores, junto con la nómina firmen mensualmente una ficha que refleje el RESUMEN DE HORAS REALIZADAS EN EL MES, debiendo conservar archivados la empresa, estos resúmenes mensuales de los registros de jornada DURANTE CUATRO AÑOS.

El incumplimiento de esta obligación legal, en vigor desde el 22 de diciembre pasado, es que la Inspección de Trabajo o los Juzgados de lo Social, podrán presumir que estos contratos a tiempo parcial lo son a jornada completa, con los perjuicios (sanciones y liquidaciones de cuotas de S.S. con recargos) que causarán a las empresas.

Aprovechamos este email para ENVIALES UN MODELO DE RESUMEN MENSUAL DE HORAS que deberá firmar cada mes los trabajadores con contrato a tiempo parcial, junto con la entrega de la nómina, debiendo la empresa archivarlo durante cuatro años. pdf