26 Ene Las actuaciones y procedimientos en materia de Inspección de Trabajo se comunicarán electrónicamente
Desde la Asesoría Nemesio le informamos que desde el pasado viernes 19 de enero 2018, las actuaciones y procedimientos en materia de Inspección de Trabajo pasan a comunicarse electrónicamente.
Mediante Resolución de 3 de enero de 2018, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, determina que a partir del 19 de enero se notificarán electrónicamente:
- Las resoluciones de las actas de liquidación conjuntas con las actas de infracción levantadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Las resoluciones sobre imposición de sanciones por infracciones en materia de Seguridad Social competencia de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Las resoluciones de las impugnaciones administrativas formuladas frente a los actos dictados por la Tesorería General de la Seguridad Social en las materias de su competencia (salvo en materia de recursos humanos).
- Las resoluciones sobre elevación a definitivas de las actas de liquidación de cuotas de Seguridad Social.
¿A quiénes afecta?
La nueva regulación afecta a las personas físicas, jurídicas o entes sin personalidad jurídica que tengan relaciones jurídicas con la Administración de la Seguridad Social en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización, recaudación y prestaciones, o cualquier otra en materia de Seguridad Social, en el ámbito público de aquella.
Se incluye a las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables de cotizar que estén obligados a incorporarse o se hayan adherido voluntariamente al Sistema de remisión electrónica de datos (Sistema RED).
Desde la Asesoría Nemesio esperamos que esta información haya sido de su interés y ante cualquier duda, consulte con nuestros profesionales, quienes le darán una respuesta concreta a su caso: 96 155 82 | comunicacion@nemesioycia.net