23 Oct Mayores facilidades para el pago de deudas
Los contribuyentes con deudas hasta 30.000€ podrán solicitar aplazamientos de pago y fraccionamiento de deudas tributarias sin necesidad de aportar garantías.
Le informamos que desde este miércoles pasado, 21 de Octubre de 2015, CON CARÁCTER GENERAL, ha quedado elevado el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago de las deudas de derecho público gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por los Organismos de la Hacienda Pública Estatal.
La publicación en el BOE de 20-10-2015 de la Orden HAP/2178/2015, de 9 de Octubre, que entró en vigor el 21-10-2015, no afecta a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento presentadas antes del 21-10-2015, que seguirán rigiéndose por la normativa anterior.
Hasta el 20-10-2015 no era necesario aportar garantías si la cantidad cuyo aplazamiento se había solicitado no superaba los 18.000€. A partir del 21-10-2015, no será necesario aportar garantías si la cantidad cuyo aplazamiento es solicitado por los contribuyentes no supera los 30.000€.
Desde la Asesoría Nemesio le aconsejamos que ante cualquier duda consulte con nuestros profesionales. 96 155 17 82. Avinguda Al Vedat 11, pta. 1ª Torrent, Valencia.