26 Dic Las empresas ya no podrán aplazar las retenciones del IRPF
Desde la Asesoría Nemesio queremos comunicarle que el martes 17 de Diciembre, la Agencia Tributaria cambió el criterio seguido desde 2009, por el cual las empresas podían aplazar las retenciones del IRPF de sus empleados. Pues bien, a partir del 1 enero de 2014 YA NO SE PODRÁ.
La Agencia Tributaria insta a todas las delegaciones territoriales a denegar, con carácter general, todas las solicitudes de aplazamiento de retenciones que se produzcan a partir del primero de enero de 2014. Hasta ahora, la Agencia Tributaria las aceptaba o rechazaba. Si se producía un rechazo, el contribuyente contaba con un nuevo plazo para ingresar la deuda tributaria. Es decir, pese a la negativa, se mantenía el periodo voluntario de ingreso. A partir de enero, esto cambiará. Así, las solicitudes para aplazar retenciones serán “inadmitidas”, lo que significa que la deuda entrará automáticamente en vía ejecutiva. Por lo tanto, las empresas afectadas deberán abonar un recargo mínimo del 5% y se exponen a sufrir el embargo de bienes por parte de Hacienda. Además, cuando una compañía mantiene una deuda con Hacienda en vía ejecutiva no puede acceder a aplazamientos por otros impuestos, como el pago del IVA o el impuesto sobre sociedades.
Ante este cambio, desde la Asesoría Nemesio aconsejamos que empresarios y empresas renuncien a solicitar el aplazamiento de retenciones de IRPF, con el objetivo de evitar futuros problemas. Aún así somos muy conscientes de los inconvenientes que acarrea esta nueva modificación, sobre todo en estas fechas, puesto que las cuantías de las retenciones de enero son más elevadas que el resto de meses al incorporar la extra de Navidad.
Únicamente se aceptará un aplazamiento de retenciones en los siguientes dos supuestos:
1. Cuando la empresa afectada “carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda” y el posible embargo de bienes afecte a su actividad.
2. Cuando ponga en riesgo la supervivencia de una gran empresa, lo que perjudicaría los ingresos públicos.
Desde la Asesoría Nemesio esperamos que esta información sea de su interés. Ante cualquier duda, puede consultar con nuestros profesionales, que le darán una respuesta concreta a su caso.