Las 10 medidas más importantes de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social

Las 10 medidas más importantes de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social

Las 10 medidas más importantes de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía SocialComo ya le informamos en nuestras noticias del 3 de Agosto y del 26 de Agosto, hace una semana la Comisión de Empleo del Senado aprobó la Ley para el fomento del trabajo autónomo y la economía social. Esta nueva norma modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo, y trae consigo una serie de medidas para promover el empleo autónomo, ampliando los incentivos ya existentes y adoptando nuevos.

Los TRES PRINCIPALES OBJETIVOS de esta Ley son:

  1. Facilitar la actividad emprendedora.
  2. Respaldar a los que ya han emprendido.
  3. Mejorar las condiciones de los emprendedores.

 

Las DIEZ MEDIDAS MÁS IMPORTANTES que afectan directamente a la actividad profesional de los empleados por cuenta propia (autónomos) son:

  1. Revisión Tarifa Plana: La cuota por contingencias comunes de esta Tarifa Plana se fija en 50€/mes exactos durante los primeros seis meses. En el caso de personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y de la violencia de género, este periodo se amplía hasta doce meses.
  2. Los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la Tarifa Plana para autónomos en su cuota de la Seguridad Social (como ya informamos en nuestra noticia del 16 Oct. 2014)
  3. Compatibilidad del paro con ser autónomo: los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar trabajar y cobrar el paro a la vez durante nueve meses. Hasta la fecha, únicamente lo podían hacer los menores de treinta años.
  4. Segunda oportunidad para parados que emprendan: los desempleados que estén cobrando el paro y emprendan como autónomos podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad, en lugar de sólo dos años como hasta ahora. Aunque a partir de los dos años deberá acreditar causas económicas u organizativas.
  5. Capitalización del desempleo: La novedad más importante que introduce la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo es la posibilidad de dedicar el 100% de la capitalización del desempleo a la inversión inicial, independientemente de la edad.
  6. Más novedades en la capitalización: se podrá realizar también una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación (siempre y cuando se tenga el control efectivo de la empresa) y utilizar la capitalización para cubrir los gastos de constitución así como para adquirir servicios específicos de asesoramiento, formación e información.
  7. Bonificaciones autónomos colaboradores: Se amplía el incentivo para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores, se pasa de los 18 actuales hasta 24 meses. Pero hay que tener en cuenta que la bonificación en estos 6 meses adicionales será de sólo el 25%.
  8. Apoyo a la conciliación de los autónomos dependientes (TRADES: es aquel trabajador autónomo que realiza su actividad económica o profesional para una empresa o cliente del que percibe al menos el 75% de sus ingresos): se refuerza su protección en casos de maternidad o paternidad o de cuidado de menores de siete años, permitiendo que contraten a un autónomo que les sustituya y bonificando con hasta el 100% su cuota de autónomos.
  9. Ampliación de las bonificaciones para la incorporación de socios en entidades de economía social: bonificación de 800€/año a lo largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para menores de 30 años se aumenta la cuantía a 1.650€ el primer año.
  10. Apoyo a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción: pasan a ser consideradas entidades prestadoras de servicios de interés económico general, lo que permite que se amplíe hasta 500.000 euros el tope de subvenciones públicas que pueden recibir en tres años. Además se fomentará la reserva de mercado público para ellas en los concursos de licitación y se bonificará a las empresas que contraten trabajadores provenientes de las empresas de inserción.

Desde la Asesoría Nemesio te recordamos que ante cualquier duda, puede consultar con nuestros profesionales, quienes le darán una respuesta concreta a su caso, llamando al 96 155 17 82, informacion@nemesioycia.net.