27 Jun ECOPDE 2019 Programa de subvenciones colectivos desfavorecidos
Desde la Asesoría Nemesio le informamos que hasta el 31 de octubre de 2019 está abierto el plazo para solicitar subvenciones al «Programa de fomento de empleo para la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos» de la Comunitat Valenciana.
Objetivo: concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a los colectivos desfavorecidos.
Beneficiarias: las empresas de naturaleza jurídica privada, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.
Obligaciones de las empresas:
- Formalizar los contratos de trabajo por escrito. Los contratos a jornada parcial de personas con diversidad funcional severa deberán recoger expresamente en su clausulado el número de horas semanales de trabajo.
- Mantener el empleo creado durante al menos veinticuatro meses.
- Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora. Se entenderá cumplida esta condición si la plantilla media del informe indicado en la letra d) es igual o superior a la plantilla media del periodo comprendido entre los doce meses previos a la contratación y el día de la contratación.
- Aportar en el plazo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento del contrato, el Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta durante dicho periodo de mantenimiento.
- Contabilizar el cobro de la subvención a través de un código contable específico, cuyo extracto contable deberá aportarse a LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación en el plazo indicado en la letra d) de este artículo, junto con el modelo normalizado sobre el cumplimiento de dicha obligación de contabilidad separada.
- Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 6 meses previos.
- Jóvenes entre 16 y 24 años.
- Personas mayores de 50 años.
- Personas que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 24 meses previos.
- Jóvenes entre 16 y 24 años y personas mayores de 50 años que no hayan tenido un contrato indefinido o fijo discontinuo en los 12 meses previos.
- Resultará objeto de subvención la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas. En el caso de las personas con diversidad funcional severa, resultarán subvencionables las contrataciones que, con independencia del porcentaje que represente sobre la jornada habitual, tengan una jornada de al menos 15 horas semanales.
- El importe de la subvención ascenderá a:
En el caso de personas desfavorecidas: 5.670 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 6.300 euros.
En el caso de personas muy desfavorecidas: 11.340 euros; si concurre adicionalmente la condición de mujer o diversidad funcional, 12.600 euros. - Los contratos indefinidos de al menos 15 horas semanales de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
Condiciones:
- Las solicitudes que se presenten deberán incluir al menos 20 contratos subvencionables.
- Las contrataciones deberán haber tenido lugar a partir del 1 de enero de 2019.
- La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 12 meses anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando el puesto hubiera quedado vacante a raíz de la dimisión del trabajador, de su discapacidad, de su jubilación por motivos de edad, de la reducción voluntaria del tiempo de trabajo o de su despido disciplinario procedente y no de resultas de su despido.
Tramitación: Se presentará de forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana. Enlace: Pincha aquí