11 May Contrato formación y el ahorro en los costes
Desde la Asesoría Nemesio queremos ofrecerle una comparativa entre dos de los principales modelos de contratación por los que pueden optar las empresas y autónomos a la hora de incorporar a un nuevo trabajador: el contrato indefinido Vs. el contrato de formación.
Es fundamental a la hora de controlar el gasto en materia laboral en las empresas, encontrar la fórmula para reducir los costes vinculados a la contratación, sin perder con ello, talento ni competitividad.
La Comparación
A continuación, vamos a comparar los costes de dos contratos: uno indefinido a 30 horas semanales y otro, el contrato de formación y aprendizaje que implica 30 horas semanales durante el primer año.
Indefinido 30 horas semanales | Contrato de formación | |
Salario bruto | 1171,10 € | 800€** |
Coste a la S.S. | 319,97 € | 0€ |
Total coste mensual | 1491,07 | 800€ |
Jornada Mensual | 120 horas | 120 horas |
Coste hora | 12,42 €/hora | 6,66 €/hora |
Ahorro contratación | – | 50% con respecto a contrato indefinido |
* La comparación se realiza para un puesto básico de administración.
** El salario es pactable con el empleado, nunca por debajo de la parte proporcional de la jornada del salario mínimo interprofesional.
En este cuadro claramente se aprecia que el contrato de formación permite un ahorro de casi un 50% en los costes de contratación, cubriendo en ambos casos el trabajador la misma carga horaria (30 h/s).
Aunque, como todo contrato debe utilizarse correctamente y cumplir con una serie de requisitos que comentamos a continuación.
Las Ventajas
Para La Empresa
- Ahorro en la contratación.
- Seguridad Social bonificada durante tres años.
- En caso de despedir al trabajador no hay que reembolsar las cuotas de la seguridad social.
- Formación subvencionada.
- Trabajadores con alta motivación e implicación
Para El Trabajador
- Mayor empleabilidad.
- Formación en un itinerario formativo.
- Se mantiene la prestaciones por IT, desempleo…
¿QUÉ ES EL CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE?
El contrato para la Formación y el Aprendizaje es una modalidad contractual que tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con una actividad formativa, es decir, es un tipo de contrato que combina trabajo con formación en el puesto de trabajo.
CARACTERÍSTICAS
Edad: Destinado a mayores de 16 años y menores de 25 años. Este límite se ampliará hasta los 30 años mientras la tasa de desempleo del país no se sitúe por debajo del 15%. En el caso de las personas discapacitadas no habrá límite de edad.
Trabajo y Formación: En el primer año, la jornada laboral no podrá ser mayor al 75% por lo que la formación teórica será de un 25%. En el segundo y tercer año, la jornada laboral se situará en el 85% y la formación teórica del 15%.
Bonificación de la formación y Reducción de Cuotas S.S.: Las dos ventajas que hacen competitiva esta modalidad contractual son:
1. Que los gastos de formación (primer año será de 215 €/mes, 2º y siguientes 130 €/mes), están 100 % subvencionados.
2. Pero además, en caso de contratar a desempleados que nunca hayan trabajado para la empresa contratante, se contempla, para empresas de menos de 250 trabajadores una reducción del 100% de cuotas S.S. empleado y empresa, con lo que el coste real de S.S. es cero.
Salario: La retribución se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo. En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Desempleo: Se mantiene la acción protectora por desempleo.
Duración: Como regla general, y a expensas de lo que concrete cada convenio colectivo, la duración mínima se establece en 1 año y el máximo en 3 años, sin que la mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima a tres años.
En nuestro artículo del 11 de marzo 2015: «Consideraciones con los trabajadores en Contrato de Formación y Aprendizaje«, detallamos algunos aspectos fundamentales a tener en cuenta en caso de que una empresa o autónomo opte por este modelo de contrato.
Desde la Asesoría Nemesio esperamos que esta información haya sido de su interés, y ante cualquier duda, puedo contactar con nuestros profesionales, quienes le darán una respuesta detallada a su caso: 96 155 17 82