09 Jul Contratación temporal e indefinida personas con discapacidad 2024
Además de las dos convocatorias informadas en nuestras Circulares del 1 y 2 de junio pasado, la Conselleria ha aprobado una tercera SUBVENCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL E INDEFINIDA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Para poder acceder a esta subvención es necesario que tanto empresa, como trabajador/a y relación laboral cumplan con unos determinados requisitos.
Con respecto a la persona contratada por la que se solicita la subvención, debe pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
a) personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo.
b) personas con discapacidad severa que hayan permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación (no se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral).
¿Cuál el concepto legal de “discapacidad severa”? En este caso se refiere a personas con un grado de discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocido igual o superior al 33 % o con un grado de discapacidad física o sensorial reconocido igual o superior al 65 %.
En lo que respecta a la relación laboral debe ser posterior a la publicación de la convocatoria, 26 de junio de 2024 y el plazo de presentación del 28 de junio al 10 de septiembre.
La cuantía de la subvención:
- En el caso de contrataciones indefinidas a jornada completa de personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo 14.288 euros (si concurre adicionalmente la condición de víctima de violencia sobre la mujer, 23.814 euros; si concurre la de discapacidad severa, 31.752 euros).
- En el caso de contrataciones temporales por un periodo de entre 3 y 12 meses a jornada completa de personas con discapacidad severa: 992 euros por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.
La contratación, en común con las subvenciones a la contratación de Consellería, está asociada al aumento de la plantilla media de los treinta días antes de la contratación y al compromiso de mantener el puesto durante dos años si es indefinido y en caso de contrato temporal, depende del caso.
Supuestos NO subvencionados, entre otros:
- Contratos fijos discontínuos.
- Contratos a tiempo parcial salvo en el caso de personas con discapacidad severa, que la parcialidad mínima debe ser de 15 horas semanales.
- Personas que hayan trabajado en la empresa, de forma directa o indirecta (a través de otra empresa) en seis meses antes a la nueva contratación.
- Trabajadores que sean familiares de los socios o directivos.
Si necesita más información, contacte por email con nuestro abogado, Benito Nemesio, bnemesio@nemesio.legal.