11 Mar Como actuar ante el Coronavirus en las empresas
Desde Nemesio, Abogados y Asesores somos conscientes de que más allá de las evidentes consecuencias sanitarias, la epidemia de coronavirus está provocando el afloramiento de un enorme número de dudas y cuestiones relativas a los derechos y obligaciones de empresas y trabajadores en relación a qué hacer o cómo actuar ante la expansión de un virus que ya está afectando de lleno a muchas empresas; esas dudas abarcan desde la prevención -qué medidas hay que tomar para evitar el virus- a cómo actuar en caso de que se confirme una infección en la empresa.
En primer lugar compartimos la «Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus» publicada el 4 de marzo de 2020 por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, con el objetivo de facilitar la información necesaria sobre la aplicación de la normativa laboral en relación con las diferentes situaciones en las que pueden encontrarse las empresas y las personas trabajadoras.
Desde Nemesio, Abogados y Asesores les recomendamos que las empresas dispongan de un protocolo de actuación ante situaciones de emergencia por riesgo biológico que contribuya a: la eficiencia en la gestión y a la respuesta ante posibles situaciones de este tipo en los centros de trabajo, donde se establezcan las medidas que permitan limitar la propagación del agente infeccioso, protegiendo a los trabajadores y a las visitas.
Para las personas que trabajan cara al público, compartimos la información que recomienda la Mutua Asepeyo: «Si estás cara al público, protégete»
Si tienes alguna duda de cómo actuar ante un caso sospechoso, lo mejor sería llamar al 112 (es lo que indican las recomendaciones del Ministerio).
Obligaciones trabajador: ¿Debo informar a mi empresa si viajo a una zona de riesgo?
El trabajador tiene el deber de informar a la empresa porque está obligado a cooperar con la empresa en materia de seguridad y salud. Por lo tanto, si un trabajador omite esa información estará incumpliendo obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y podría incluso recibir una sanción disciplinaria.
Si me infecto, ¿en qué situación laboral estoy?
Si un trabajador se infecta estará en situación de baja laboral, por lo que ni puede ni debe trabajar. En caso de aislamiento de tipo preventivo, se considerará que el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común.