Bases Ayudas Autonómicas Trabajadores ERTE-DANA y Autónomos DANA CV

Bases Ayudas Autonómicas Trabajadores ERTE-DANA y Autónomos DANA CV

Bases Ayudas Autonómicas Trabajadores ERTE-DANA y Autónomos DANA CV

Le informamos que la Generalitat Valenciana ha aprobado recientemente dos nuevos paquetes de ayudas dirigidos a autónomos y trabajadores afectados por los ERTEs DANA. Estas subvenciones, que complementan las ya existentes, tienen como objetivo apoyar la recuperación económica de los profesionales y empleados más afectados por este fenómeno.

DECRETO 129/2025 y DECRETO 130/2025: Bases Ayudas Autonómicas Trabajadores ERTE-DANA y Autónomos DANA CV

¿A quién van dirigidas estas ayudas?

Estas nuevas ayudas se tramitarán de oficio, por lo que no es necesario solicitarlas. Se reconocerán automáticamente a quienes ya recibieron las prestaciones anteriores.

En concreto, afectan a:

1. Autónomos con domicilio de actividad en zonas afectadas por la DANA: si fuiste beneficiario de las ayudas aprobadas en diciembre de 2024 (Decreto 176/2024) o en febrero de 2025 (Decreto 16/2025). DECRETO 130/2025, de 5 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para contribuir a la reactivación de las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la dana, en el marco del plan «Endavant».

2. Trabajadores afectados por ERTEs DANA en 2024: si tu contrato estuvo suspendido temporalmente por un ERTE de fuerza mayor a causa de la DANA en algún momento entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024 y ya cobraste la prestación. DECRETO 129/2025, de 5 de septiembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas complementarias dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta ajena con suspensión del contrato de trabajo por un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor a consecuencia de la emergencia causada por la dana en la Comunitat Valenciana.

Si tienes alguna duda o necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros en bnemesio@nemesio.legal.

Estamos a tu disposición.

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