Ampliación crédito y nuevo plazo ayudas a vehículos afectados por la DANA

Ampliación crédito y nuevo plazo ayudas a vehículos afectados por la DANA

Ampliación crédito y nuevo plazo ayudas a vehículos afectados por la DANA

Se ha publicado en el DOGV, el Decreto 126/2025, de 5 de septiembre, por el que se incrementa el importe de las ayudas concedidas para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante la DANA, y se abre un nuevo plazo extraordinario para la presentación de nuevas solicitudes, para las siguientes convocatorias de ayudas:

1) Las ya presentadas por personas físicas (incluidos autónomos) se verán aumentadas automáticamente.

  • La Agencia Tributaria Valenciana (ATV) será la encargada de tramitar el incremento, se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria en la que se abonó a las personas beneficiarias la ayuda inicial.
  • Cuando una solicitud estuviese pendiente de concesión, se procederá a conceder el incremento de la ayuda una vez sea concedida la ayuda inicial.
  • Se establece un plazo de cinco días hábiles tras su publicación en el DOGV para posibles renuncias al aumento por parte de las personas beneficiarias.
  • En el caso de vehículo afectado a la actividad de un empresario o profesional, la Administración podrá solicitar con carácter previo al pago del incremento de la ayuda una declaración de que no ha recibido ayudas de minimis (que incluido el incremento) excedan los límites establecidos en el reglamento de minimis que resulte de aplicación.

2) En el caso de solicitudes no presentadas, se habilita un nuevo plazo extraordinario de presentación de nuevas solicitudes, del 1 al 22 de octubre de 2025. Las solicitudes se presentarán del mismo modo que en el Decreto 83/2025, de 3 de junio, a través del siguiente enlace.

Con el incremento de importe aprobado, la nueva cuantía máxima de ayuda por tipología de vehículo, queda del siguiente modo:

Tipología Cuantía (€)
03 Ciclomotor 500
04 Motocicleta 1.500
05 Motocarro 1.500
06 Automóvil de tres ruedas 1.500
10 Turismo 4.000
1001 Turismo adaptado a personas con movilidad reducida 5.000
11 Autobús o autocar MMA ≤ 3.500 kg 15.000
12 Autobús o autocar MMA > 3.500 kg 30.000
13 Autobús o autocar articulado 30.000
14 Autobús o autocar mixto 30.000
16 Autobús o autocar de dos pisos 30.000
17 Pick-up 4.000
20 Camión MMA ≤ 3.500 kg 4.000
21 Camión 3.500 kg < MMA ≤ 12.500 kg 9.000
22 Camión MMA > 12.000 kg 18.000
23 Tracto-camión 18.000
24 Furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg 4.000
25 Furgón 3.500 kg < MMA ≤ 12.000 kg 6.000
26 Furgón MMA > 12.000 kg 10.000
30 Derivado de turismo 4.000
31 Vehículo mixto adaptable 4.000
32 Auto-caravana MMA ≤ 3.500 kg 10.000
33 Auto-caravana MMA > 3.500 kg 15.000
41 Remolque y semirremolque 750 kg < MMA ≤ 3.500 kg 1.000
42 Remolque y semirremolque 3.500 kg < MMA ≤ 10.000 kg 2.000
43 Remolque y semirremolque MMA > 10.000 kg 4.000
50 Tractor agrícola 10.000
51 Motocultor 400
52 Portador 800
53 Tractocarro 2.400
54 Remolque agrícola 1.600
55 Máquina agrícola automotriz 16.000
56 Máquina agrícola remolcada 4.000
60 Tractor de obras 16.000
61 Máquina de obras automotriz 16.000
62 Máquina de obras remolcada 5.000
63 Tractor de servicios 8.000
64 Máquina de servicios automotriz 8.000
65 Máquina de servicios remolcada 4.000
66 QUAD-ATV 800

Más información

  • DECRETO 126/2025, de 5 de septiembre, del Consell, por el que se incrementa el importe de las ayudas concedidas al amparo de los decretos 5/2025, de 14 de enero, y 83/2025, de 3 de junio, del Consell, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, y se habilita nuevo plazo para la presentación de solicitudes (DOGV bis de 08/09/2025)
  • CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 126/2025, de 5 de septiembre, del Consell, por el que se incrementa el importe de las ayudas concedidas al amparo de los decretos 5/2025, de 14 de enero, y 83/2025, de 3 de junio, del Consell, para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, y se habilita nuevo plazo para la presentación de solicitudes (DOGV ter 08/09/2025)
  • Informe de CEV sobre las medidas de interés empresarial frente a los daños causados por la DANA (Informe adjunto)
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