16 Nov Adaptación al nuevo Sistema Informático de Facturación (SIF) – Entrada en vigor en enero 2026
Desde nuestro despacho, queremos informarle de una importante novedad normativa que afectará a todos los procesos de facturación de empresas y profesionales autónomos a partir de 2026.
1. Nueva normativa y plazos de aplicación
El Sistema Informático de Facturación (SIF), establecido por la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y desarrollado por el Reglamento VERIFACTU (Real Decreto 1007/2023), entrará en vigor en las siguientes fechas:
_ Empresas: 1 de enero de 2026
_ Autónomos: 1 de julio de 2026
La Agencia Tributaria (AEAT) ya ha iniciado su campaña informativa y pondrá a disposición de los contribuyentes herramientas de asistencia y verificación.
2. Modalidades del sistema y requisitos principales
El contribuyente podrá optar entre dos modalidades de sistema informático de facturación:
_ VERI*FACTU: transmite automáticamente los registros de facturación a la AEAT y permite la verificación por parte de los clientes. La AEAT facilitará una aplicación gratuita para esta modalidad.
_ NO VERI*FACTU: no transmite la información, pero debe garantizar la inalterabilidad y trazabilidad de los registros.
En ambos casos, los sistemas deberán:
_ Generar registros de facturación en formato seguro y normalizado.
_ Incorporar un código QR obligatorio en las facturas.
_ Permitir la remisión a la AEAT y asegurar su integridad.
3. ¿Quién está obligado a adaptarse?
Todas las empresas y autónomos con domicilio fiscal en España deberán adaptar sus programas de facturación, salvo aquellos que ya utilicen el Suministro Inmediato de Información (SII) o estén sometidos a normativa foral (País Vasco y Navarra).
4. Régimen sancionador
El uso de programas de facturación que no cumplan los requisitos del Reglamento podrá ser sancionado con hasta 50.000 euros por ejercicio económico.
5. Recomendación
Le aconsejamos revisar cuanto antes su sistema de facturación y contactar con su proveedor informático para garantizar su adecuación a la nueva normativa. Asimismo, es recomendable solicitar una Declaración Responsable que acredite la homologación del software conforme al Reglamento VERIFACTU.
Para más información puede consultar el portal de la Agencia Tributaria:
👉 Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERIFACTU – AEAT
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o para coordinar, si lo desea, la adaptación técnica y fiscal de su sistema.