09 Mar Abierto el plazo Subvención «Avalem Experiència» que fomenta la contratación indefinida de colectivos vulnerables
Le informamos que desde el pasado 2 de marzo 2023 están abiertas las solicitudes del Programa de fomento de la contratación indefinida determinados colectivos vulnerables, AVALEM EXPERIÈNCIA.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 31 de mayo de 2023.
La solicitud se presentará de forma telemática en la Sede electrónica de la Generalitat Valenciana a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado «ECOVUL 2023 Programa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida inicial de colectivos vulnerables». En la página web de LABORA. En esta página está disponible la información sobre la convocatoria y se habilitará un acceso a la sede electrónica para formular la solicitud
OBJETIVO
Fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos vulnerables tales como:
a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier
administración pública.
b) Personas desempleadas de larga duración.
c) Personas mayores de 50 años.
d) Personas con diversidad funcional
e) mujeres víctimas de violencia de género
f) mujeres víctimas de violencia sexual
g) mujeres víctimas de trata
h) mujeres cabezas de familia monoparental
Las personas destinatarias finales deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en LABORA hasta su contratación. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el día en que se inicia la relación laboral.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.
Obligaciones de los beneficiarios: (entre otras)
a) Formalizar los contratos de trabajo por escrito.
b) Los contratos a jornada parcial de personas con diversidad funcional severa deberán recoger expresamente en su clausulado el número de horas semanales de trabajo.
c) Mantener el empleo creado durante al menos veinticuatro meses.
d) Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de la entidad empleadora de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a la voluntad de las personas trabajadoras, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona. A estos efectos se comparará la plantilla media del periodo comprendido entre los treinta días previos a la contratación y el día de la contratación con la que resulte de los informes a que hace referencia la letra e)
CUANTÍA
Resultará objeto de subvención la contratación indefinida inicial a jornada completa.
En el caso de las personas con diversidad funcional severa, resultarán subvencionables las contrataciones que, con independencia del porcentaje que represente sobre la jornada habitual, tengan una jornada de al menos 15 horas semanales.
El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90 % del SMI (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación indefinida de la persona contratada por los 24 meses de mantenimiento.
Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el porcentaje se elevará al 95 %. Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el porcentaje se elevará al 100 %.
Los contratos indefinidos de al menos 15 horas semanales de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda
CONDICIONES CONTRATACIÓN
1. La contratación deberá efectuarse con posterioridad a la publicación del extracto de la presente convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2023.
2. La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, o su mantenimiento cuando las variaciones de la plantilla deriven de la voluntad de las personas trabajadoras, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
Ante cualquier duda o aclaración, puede contactar con nuestros profesionales, en concreto con el Departamento de Laboral (bnemesio@nemesio.legal).