09 Jul Entra en vigor la ampliación del permiso de paternidad a cinco semanas
Posted at 09:06h
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Desde la Asesoría Nemesio queremos informarle que desde el pasado jueves, 5 de Julio de 2018, los padres que tengan un hijo a partir de dicha fecha, podrán disfrutar de una semana más de permiso de paternidad (pasando de 4 a 5 semanas), un incremento contemplado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
DATOS A TENER EN CUENTA EN EL PERMISO DE PATERNIDAD
- Es aplicable a los nacimientos de hijos que se produzcan desde el 5 de Julio de 2018 inclusive.
- La duración del nuevo permiso de paternidad es de 5 semanas, pero no a contar desde el día del nacimiento porque además del permiso de paternidad existe el permiso por nacimiento, que es diferente e independiente de aquel. La duración del permiso de nacimiento es de 2 días o 4 días, según sea necesario o no el desplazamiento, aunque algunos convenios la amplían. Por lo que la duración total del permiso de nacimiento más el de paternidad sería de 2 días + 5 semanas o de 4 días + 5 semanas. Si tienes gemelos, el permiso de paternidad se amplía en 2 días más. Trillizos: +4 días. Cuatrillizos + 6 días …
- El permiso de nacimiento comenzará el día de dicho nacimiento, siempre que éste sea laborable. Pero no si fuera no laborable (día de descanso semanal, de vacaciones o festivo), el permiso por nacimiento empezará el primer día laborable del trabajador.
- Los padres pueden escoger libremente cuándo disfrutar del permiso de paternidad de cinco semanas. No es obligatorio disfrutar del permiso de paternidad pegado al del propio nacimiento.
- El permiso de paternidad se debe disfrutar de forma ininterrumpida, excepto la última semana, que se puede disfrutar en cualquier momento dentro de los primeros 9 meses tras el nacimiento; pero con dos condiciones. La 1ª, que la empresa estuviera de acuerdo. La 2º, que ese acuerdo se adoptará al inicio del permiso.
- El dinero que cobra el trabajador durante las cinco semanas del permiso de paternidad es una prestación de la Seguridad Social, por lo que la empresa no se hace cargo del salario del padre. Si la empresa dicidiese sustitur al trabajador que disfruta de las cinco semanas de paternidad por un trabajador que se encuentra inscrito en el SEPE, tampoco pagará la cotización a la Seguridad Social de este nuevo trabajador.
- Esta ampliación también es aplicable a las adopciones, guardas con fines de adopción o acogimientos que tengan lugar a partir del 5 de Julio de 2018 (inclusive).
Desde la Asesoría Nemesio esperamos que esta información haya sido de su interés, y ante cualquier duda, consulte con nuestros profesionales, quienes le darán una respuesta detallada a su caso.