08 Mar Campaña contra el fraude en el contrato a tiempo parcial
Desde la Asesoría Nemesio queremos informarle que la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social ha puesto en marcha una campaña contra el fraude en el contrato a tiempo parcial.
Desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social se ha enviado a los inspectores las siguientes instrucciones:
- Son ilegales los contratos que digan que el horario del trabajador debe ser «según necesidades de la empresa» o «x horas semanales». Puesto que el ordenamiento español «no permite contratos a la llamada. No cumplen la concreción necesaria [de las condiciones laborales]».
- Los inspectores tampoco deben admitir redacciones genéricas sobre la justificación de las cotizaciones de las horas realizadas. Por ejemplo, no vale hablar de «complementos varios».
Las multas para la compañía defraudadora puede llegar a los 280.000€ si hay cinco o más trabajadores en situación irregular. O incluso, en función de la plantilla, el empresario puede tener que hacer frente a penas de prisión comprendidas entre seis meses y seis años.
Registro de los horarios en los Contratos a Tiempo Parcial
Como ya le informamos en nuestro boletín informativo del 10 de Febrero de 2014 (así como en sucesivos recordatorios enviados a lo largo del 2015), la modificación del Estatuto de los Trabajadores, producida por R.D. Ley 16/2013 de 20 de diciembre, supuso un cambio muy importante en el tratamiento de los trabajadores contratados a tiempo parcial que debía ser aplicada por empresas y empresarios con carácter inmediato y urgente, con el objetivo de evitar posibles sanciones o inspecciones.
La nueva redacción del artículo 12.5.h) del Estatuto de los Trabajadores, establece:
“La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado 5.
El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.
En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.”
Así pues, las empresas y empresarios tienen la OBLIGACIÓN de llevar un control del horario de los trabajadores con CONTRATO A TIEMPO PARCIAL. Los trabajadores que se encuentren en esta situación deberán firmar, junto con la nómina, una ficha que refleje el RESUMEN DE HORAS REALIZADAS EN EL MES, debiendo conservar archivados la empresa, estos resúmenes mensuales de los registros de jornada, DURANTE CUATRO AÑOS.
Aprovechamos para ENVIARLE de nuevo UN MODELO DE RESUMEN MENSUAL DE HORAS que deberá firmar cada mes los trabajadores con contrato a tiempo parcial, junto con la entrega de la nómina.
Registro Jornada Trabajadores Contrato Tiempo Parcial (PDF autoeditable).