Publicada la Ley que deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo

derogación del artículo 52.d. del Estatuto de los Trabajadores

Publicada la Ley que deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo

Hoy, 16 de julio se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 1/2020, de 15 de julio, por la que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Se impide el despido objetivo por faltar reiteradamente al trabajo, aunque sean faltas justificadas por razones médicas, a través de la derogación del artículo 52.d. del Estatuto de los Trabajadores que lo posibilitaba.

La supresión de este precepto legal del Estatuto de los Trabajadores había sido ya publicada el pasado 19 de febrero por el BOE, pero su convalidación en el Congreso tuvo lugar el pasado 25 de marzo y los grupos decidieron tramitarlo como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.