Programa Apoyo Industrialización del IVACE 2017

Programa Apoyo Industrialización del IVACE 2017

Ayudas en materia de industrialización para inversiones de pymes industriales que mejoren la competitividad y sostenibilidad de los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol y mueble e iluminación de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017.

OBJETIVO

Concesión de ayudas para el apoyo a proyectos de inversión sostenible para el crecimiento y consolidación de pymes industriales vinculadas a los sectores del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol y mueble e iluminación de la Comunitat Valenciana.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

1. Proyectos de inversión industrial desarrollados entre el 1 de enero de 2017 y la fecha de justificación de la ayuda, y que se encuadren en alguna de las siguientes tipologías:

a) Creación de establecimientos industriales que consistan en el inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana.

b) Traslado de establecimientos industriales que consistan en el cambio de localización de una actividad de producción previa, hacia cualquier punto de la Comunitat Valenciana.

c) Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes en la Comunitat Valenciana, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.

d) Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes en el territorio de la Comunitat Valenciana.

2. Las inversiones industriales de cualquiera de las anteriores tipologías deberán ser viables técnicamente según el estado o situación actual de la tecnología a escala industrial.

 

SOLICITANTES

Pequeñas y medianas empresas, con sede social o establecimiento productivo en la Comunidad Valenciana:

a) Pymes industriales manufactureras, encuadradas en la sección C -Divisiones 10 a 33 (CNAE 2009).

b) Pymes extractivas encuadradas en la sección B – Divisiones 5 a 9 (CNAE 2009).

 

REQUISITOS

  • La inversión subvencionada deberá mantenerse en la Comunitat Valenciana al menos durante tres años contados a partir de la finalización del plazo de justificación de la ayuda. Ello no impedirá la sustitución de instalaciones o equipos que hayan quedado obsoletos o se hayan averiado dentro de este periodo, siempre y cuando la actividad económica se mantenga en la zona de que se trate durante el periodo mínimo pertinente.
  • El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 25.000€, IVA excluido. Las solicitudes, cuyo presupuesto mínimo subvencionable total no alcance dicho importe, serán desestimadas.

 

CUANTIA DE LA AYUDA

Las ayudas objeto de esta actuación se instrumentarán en forma de subvenciones del 35% de los gastos subvencionables.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que satisfagan lo establecido el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que hayan sido efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2017 y la finalización del período de justificación, y se encuadren en alguna de las categorías:

a) Adquisición de maquinaria, aparatos y equipos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior. Se considerarán subvencionables las cuotas pagadas por leasing o arrendamiento financiero si se acredita haber adquirido la propiedad del bien antes de la finalización del periodo de justificación.

b) Gastos de auditoría para la elaboración del Informe de revisión de la cuenta justificativa de la subvención, por auditor o empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo de seiscientos euros, IVA excluido, por solicitud.

 

PLAZOS PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será HASTA EL 3 DE MAYO DE 2017.

+ información: inorma Luis Pérez 637 460 925